El plan de gestión de la ZEPA afectará a 86.000 hectáreas de la Sierra Oeste de Madrid
escrito por Jose Luis Prieto.   
martes, 19 de enero de 2010

 

Ya se encuentra en información pública el documento que va a definir, para bien o para mal, la gestión de la ZEPA y Lic de los Encinares de los ríos Cofio y Alberche durante al menos los próximos 10 años. Un documento que afectará a 86.000 hectáreas de 19 municipios de la Sierra Oeste de Madrid y que dedicará un cuarto de esta extensión (24.071 hectáreas) para constituir un espacio de alto grado de preservación que se incluye en la Red Natura 2000. Este plan diseña un modelo de zonificación múltiple, basado en tres tipos de sectores y que engloban el tramo medio del río Alberche, incluyendo los embalses de San Juan y Picadas, hasta su salida de la Comunidad, y el río Cofio en casi la totalidad de su recorrido.

 

Vista de la ZEPA de los Encinares Cofio y AlbercheLa Información pública del lugar de importancia comunitaria "Cuencas de los ríos Alberche y Cofio" como zona especial de conservación y Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 denominado "Cuencas y Encinares de los Ríos Alberche y Cofio", plantea un modelo de zonificación múltiple, basado en tres tipos de sectores.

En primer lugar, una zona de conservación prioritaria que contaría con 24.071 hectáreas y que entraría a formar parte de la Red Natura 2000. En este espacio sólo se permiten prácticas forestales y ganaderas sostenibles tradicionales, debidamente reguladas en función de las necesidades de la avifauna, especialmente las reproductivas. Son zonas vitales para la supervivencia del Águila imperial, Cigüeña negra, Águila real, Buitre negro, Halcón peregrino, Topillo de Cabrera, refugios de Quirópteros. Lugares donde se citan hábitat de la Directiva 92/43/CEE, así como lugares de alta singularidad botánica (por ejemplo, castañar y piornal de Rozas de Puerto Real).

En segundo lugar, la zona de protección y mantenimiento de usos tradicionales. Un sector de de 50.531 hectáreas de zonas cuyos recursos naturales, especialmente forestales, ganaderos y paisajísticos, demandan protección. Incorpora las masas forestales (montes preservados y de utilidad pública) no integradas en la zona anterior, junto a dehesas y zonas agropecuarias extensivas de carácter agrosilvopastoral tradicional y que han dado lugar a la formación de los paisajes agrarios que caracterizan culturalmente este espacio. Además, se incluyen en esta zona las áreas de Dominio Público Hidráulico y el área común al Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y su Entorno.

En último lugar, la zona de uso general, de 4.237 hectáreas y que engloba áreas territoriales amplias, que acogen poblaciones, zonas urbanizadas y actividades económicas intensivas. Dentro de esta zona se incluyen zonas urbanas cuyo desarrollo y gestión viene regido por Planes Urbanos formalmente aprobados. Se han excluido de esta zona aquellas áreas urbanizadas de forma ilegal y que contravienen, por tanto, el planeamiento urbanístico vigente.

Esta determinación afecta tanto a las urbanizaciones ilegales registradas en el Catálogo Regional como a la expansión ilegal de algunos cascos urbanos. La zona de uso general incluye espacios en los que se desarrollan actividades agrícolas intensivas (viñedos, olivar, cultivos herbáceos en secano y regadío, cultivos hortícolas del Alberche, etc), mineras, extractivas, industriales o que albergan equipamientos. Se abre de esta forma la puerta entre otros a la construcción de campos de golf, desdoblamientos y cualquier equipamiento susceptible de generar impactos ambientales de consideración.

El Plan de Gestión asume las necesidades de expansión de los asentamientos incluidos en su ámbito de aplicación contenidas en los instrumentos de planeamiento para los suelos urbanos y urbanizables, tanto los vigentes en la fecha de su aprobación, como los susceptibles de ser clasificados como suelos urbanos o urbanizables por posibles desarrollos urbanísticos futuros.

En cualquier caso la amplitud de posibles crecimientos urbanísticos futuros, siempre en el entorno inmediato de los núcleos urbanos y en forma de mancha de aceite, vendrá dado por el criterio que elija el ayuntamiento respectivo de entre los tres siguientes: La aplicación del crecimiento vegetativo del municipio de que se trate, al que se aplicará un índice de esponjamiento del 15%. A tales efectos se considerará una ocupación de 2,5 personas por hogar.

 

 El plan contempla una zona de conservación prioritaria que contaría con 24.071 hectáreas y que entraría a formar parte de la Red Natura 2000 

Se abre de esta forma la puerta entre otros a la construcción de campos de golf, desdoblamientos y cualquier equipamiento susceptible de generar impactos ambientales de consideración

 La zona de uso general incluye espacios en los que se desarrollan actividades agrícolas intensivas (viñedos, olivar, cultivos herbáceos en secano y regadío, cultivos hortícolas del Alberche, etc), mineras, extractivas, industriales o que albergan equipamientos.

 La amplitud de posibles crecimientos urbanísticos futuros, siempre en el entorno inmediato de los núcleos urbanos y en forma de mancha de aceite, vendrá dado por el criterio que elija el ayuntamiento respectivo de entre los tres siguientes: La aplicación del crecimiento vegetativo del municipio de que se trate, al que se aplicará un índice de esponjamiento del 15 %

 

Entre las principales vulnerabilidades de la Sierra Oeste de Madrid, se encuentran la proximidad a la urbe de Madrid; desarrollo urbanístico de la zona; tendidos eléctricos; vertidos de residuos; turismo masivo; expolio de nidos y molestias en la reproducción de especies singulares; explotación forestal; caza y furtivismo; embalses y sus actividades recreativas asociadas; trasvases de aguas y gestión de niveles hídricos en la red fluvial principal, fragmentación de los hábitat e intensificación de la agricultura.

El Plan hace una declaración de intenciones para regular las actividades más impactantes –minería, construcción, uso público, instalaciones intensivas e infraestructuras– prestando especial atención a aquellas actividades que necesariamente deban ser sometidas a evaluación de impacto ambiental, como son la construcción de nuevas carreteras, los proyectos hidráulicos, las nuevas edificaciones, las repoblaciones forestales, etcétera.

El plan de gestión considera agresiones concretas que degradan territorios de alto valor natural y que necesitan atención. Entre ellas se encuentran los siguientes casos de usos y actuaciones que provocan diversos tipos de impactos sobre el medio natural:

  • Usos agrícolas sobre áreas frágiles en los municipios de Navalagamella, Colmenar del Arroyo o Cenicientos.

  • Cultivos en régimen de regadío en el corredor ecológico del río Alberche, en los municipios de Aldea del Fresno y Villa del Prado.

  • Urbanizaciones ilegales sobre suelo no urbanizable de alto valor ambiental, generando contaminación por aguas residuales y residuos sólidos. (Ejemplos: Los Barrancos en Valdemorillo, La Rocha y Santa Ana en Navas del Rey, Los Almendros en Cenicientos y la periferia del núcleo de Fresnedillas)

  • Áreas recientemente incendiadas en los términos municipales de Cenicientos, San Martín de Valdeiglesias, Navas del Rey y Robledo de Chavela.

  • Canteras de Cadalso de los Vidrios y graveras de Aldea del Fresno.

  • Instalaciones industriales, granjas ganaderas intensivas, la planta de residuos sólidos urbanos de Colmenar del Arroyo y las líneas de alta y media tensión más significativas que atraviesan el territorio.

  • Uso recreativo indiscriminado por todo el territorio.

 

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Opiniones (1)Add Comment
Cadalso se queda fuera de la ZEPA ahora....?
escrito por Carlos A. González, 24 enero, 2010
No entiendo bien pero según esto ahora Cadalso ya no pertenece al área Zepa...?

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